Saltar al contenido principal

ahorr.ai · Glosario

Qué es el CIE (Certificado de Instalación Eléctrica) o Boletín

ahorr.ai

ahorr.ai · LinkedIn

Auditor forense de facturas energéticas (equipo editorial)

Definición

El CIE, Certificado de Instalación Eléctrica —también conocido popularmente como 'boletín'—, es un documento oficial emitido por un instalador autorizado que acredita que la instalación eléctrica cumple el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT, RD 842/2002). Es imprescindible para dar de alta el suministro, aumentar potencia a >14,49 kW o en viviendas con más de 20 años sin CIE previo.

Transparencia y fuentes

Autoría, metodología y fuentes oficiales (para verificar).

Actualizado: 18 de abril de 2026

Autoría

Equipo ahorr.ai

Auditoría energética (España)

Metodología orientada a decisión: separar coste fijo/variable, detectar extras y comparar opciones con números claros.

Metodología

  • Separamos coste fijo (potencia/término fijo), energía y cargos/impuestos.
  • Buscamos sobrecostes típicos: potencia sobredimensionada, servicios extra, lecturas estimadas.
  • Damos pasos accionables (qué tocar primero) con ejemplos orientativos, no promesas.
  • Enlazamos fuentes oficiales y marcamos lo que puede variar por comercializadora.

Información orientativa (España). Comprueba condiciones con tu comercializadora: precios, peajes, cargos e impuestos pueden variar.

¿Cuándo se necesita un CIE?

La distribuidora exige presentar CIE en vigor en distintos momentos del ciclo de vida del suministro eléctrico. Los casos más habituales son:

  • Alta nueva de suministro (vivienda, local, obra).
  • Reanudación tras baja definitiva del contrato.
  • Cambio de titular si la instalación tiene más de 20 años.
  • Aumento de potencia por encima del umbral previsto en CIE anterior.
  • Cambio de tensión (ej. de monofásica a trifásica).
  • Modificaciones sustanciales (reforma integral, ampliación circuitos).

Contenido obligatorio del CIE

Según la ITC-BT-04 del REBT, el boletín debe contener como mínimo los siguientes datos, firmados digitalmente por instalador con categoría IBTE o IBTB:

  • Identificación del titular y dirección del punto de suministro (con CUPS).
  • Potencia máxima admisible (kW) y grado de electrificación (básica/elevada).
  • Tipo de instalación (vivienda, local comercial, industria).
  • Memoria técnica o proyecto si >50 kW.
  • Esquemas unifilares, relación de circuitos y secciones de cable.
  • Firma y sello del instalador autorizado + nº de registro oficial.

Diferencia entre grado básico y elevado

El REBT distingue dos niveles de electrificación para viviendas nuevas que determinan la potencia máxima admisible y los circuitos mínimos:

  • Grado básico: hasta 5.750 W (25 A), mínimo 5 circuitos.
  • Grado elevado: hasta 9.200 W (40 A), mínimo 9 circuitos. Obligatorio si vivienda >160 m² o tiene aire acondicionado, calefacción eléctrica, secadora, vitrocerámica… (ITC-BT-10).
  • A partir de 2023: obligatorio grado elevado en VPO con electrificación total (RD 390/2021).
  • Superar 14,49 kW (63 A) requiere memoria técnica de diseño (MTD) o proyecto.

Coste y vigencia del CIE

El precio de un CIE oscila entre 80 € y 300 € según la complejidad (vivienda sencilla vs reforma integral), comunidad autónoma y tasas de inspección. El boletín no caduca per se, pero pierde vigencia si: (a) la instalación tiene más de 20 años y se produce cambio de titular; (b) se modifica la instalación; (c) la OCA (organismo de control autorizado) detecta no conformidad en inspección periódica.

Relacionado

Preguntas frecuentes

Solo electricistas autorizados con la categoría mínima IBTE (básica) o IBTB (especialista), inscritos en el Registro de Empresas Instaladoras de la Consejería de Industria de su comunidad autónoma.
El boletín se emite en 1-3 días tras la inspección del instalador. Si requiere obra previa (actualización de cuadro, nuevo diferencial…), entre 3 días y 2 semanas.
No. La distribuidora rechaza el contrato sin CIE vigente. Excepción: las distribuidoras pueden aceptar un CIE previo (no obsoleto) sin hacer uno nuevo, siempre que la última inspección OCA esté vigente.
No. El CIE solo se exige a la distribuidora para cambios físicos (alta, potencia, reforma). Cambiar de comercializadora (Endesa → Iberdrola, etc.) no requiere boletín nuevo.

Avisos

  • Información orientativa (España). Obligaciones según REBT (RD 842/2002); consulta con instalador autorizado de tu comunidad autónoma.